Cuestiones sobre la nueva Ley de Alquiler (II)

II)            Exclusión de los arrendamientos de temporada

Una de las modificaciones más polémicas que la ley de flexibilización del alquiler ha introducido en la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU), es la incorporación de un nuevo párrafo al artículo 5 de la mencionada Ley, relativo a los arrendamientos excluidos del ámbito de la misma.

En este nuevo apartado e) se excluye a los arrendamientos temporales promocionados en canales de oferta turística, dejando su regulación a la legislación turística que está transferida a las Comunidades autónomas.

Ante esta situación, las Asociaciones de Gestores de Viviendas Vacacionales y Apartamentos de Uso Turístico, han publicado el Manifiesto de Benidorm, en el que se recoge su rechazo a esta medida restrictiva del derecho de propiedad, y reiteran su ofrecimiento para la elaboración de una normativa moderna de regulación del sector.

Muchos analistas coinciden en la interpretación de esta medida como una cesión al lobby hotelero que, además, va en contra de la pretendida unidad de mercado.

Pero no está claro que ésta sea la interpretación adecuada. En el Blog jurídico de Sepín se diferencia entre el alquiler por  días con fines turísticos, que es una explotación habitual de alquiler por un profesional de la actividad que incluye servicios complementarios, y el arrendamiento de temporada, que es una cesión temporal sin ninguna obligación adicional y que es diferente de un negocio empresarial o actividad turística. Por ello, consideran que esta modificación no afecta a los arrendamientos de temporada, y los particulares podrán seguir contando con unos ingresos adicionales alquilando viviendas en vacaciones por períodos más o menos largos, de acuerdo con la normativa arrendaticia común, con Contratos para uso distinto de vivienda.

Mientras los Tribunales se pronuncian sobre la interpretación correcta de la norma modificada, no estaría mal que quienes la han elaborado aclararan el sentido de la misma, sobre todo si se tiene en cuenta que el objetivo confesado de la nueva Ley es el de flexibilizar y fomentar el alquiler.

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