Fondo de reserva

Pregunta

 

El 5% del Fondo de Reserva que las Comunidades de Propietarios están obligadas a incluir en sus presupuestos anuales, ¿lo costea cada uno de los comuneros, o se descuenta del total del presupuesto ordinario? Ese 5%, ¿se ingresará en una cuenta corriente diferente a la ordinaria, y destinada únicamente a gastos de conservación del edificio?

Respuesta

El Fondo de Reserva se constituye, aparte del Presupuesto Ordinario, y por todos los comuneros, incluyendo plazas de garaje, trasteros, locales y todas las fincas que forman parte del edificio. No es necesario abrir una cuenta independiente con la recaudación del Fondo de Reserva, porque ello puede dificultar la pronta disposición del mismo en caso de urgente necesidad para atender a una reparación imprevista, y porque su dotación mínima del 5% del Presupuesto ordinario supone una cuantía mínima, casi testimonial, que no justifica que se tenga en cuenta aparte ni siquiera por la posible rentabilidad de su depósito.

 

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