Influencia de propietario de alto coeficiente

Pregunta

En una Comunidad que administro se aprobó, en segunda convocatoria de una R.O. y por unanimidad de los asistentes, la reforma de la cubierta (envolvente) del edificio, concretamente, la sustitución de la actual por estar en deficiente estado, según informe de aparejador. Se acordó dar un tiempo para contactar con empresas y recibir presupuestos de acuerdo a la memoria presentada por el técnico y convocar una reunión extraordinaria para analizar los presupuestos recibidos y elegir el más adecuado.
Posteriormente un vecino, que posee un coeficiente de propiedad del 43% y que no asistió a la reunión, aunque le fue enviado el acta de la misma y no ha ejercido ninguna actuación en contra del acuerdo, y previa a la reunión extraordinaria, se pone en contacto conmigo, afirmando que él puede aportar otra solución más económica y que quiere tratarla en la R.E.
Otros vecinos ya se han enterado de la solución que va a proponer y no están de acuerdo.
Mi pregunta es:
¿Puede el propietario que tiene el 43% de coeficiente de propiedad y que no asistió a la reunión cambiar lo aprobado en su momento en la reunión Ordinaria? Aunque realmente en esa R.O se aprobó la reforma de la envolvente, no exactamente qué tipo de reforma se iba a realizar.
¿Qué quórum se necesita para tomar este tipo de acuerdo?

Respuesta

La influencia de un propietario de alto coeficiente complica bastante la adopción de acuerdos en las comunidades de propietarios.

Pero antes de analizar las posibilidades de acuerdo en la próxima Junta extraordinaria de su comunidad, repasemos la situación actual de la misma. Si en ella se van a analizar los presupuestos recibidos para elegir el más adecuado, nada impide que se analice otra posible solución. Un punto fundamental es conocer la opinión sobre esa alternativa del  experto contratado por la comunidad. En cualquier caso, la influencia de ese propietario de alto coeficiente no es suficiente para cambiar el acuerdo de la Junta ordinaria pasada. Y el que haya unos propietarios que no están de acuerdo, a priori, con la alternativa presentada por un propietario de alto coeficiente, no significa nada porque es en la Junta donde hay que votar esa propuesta.

El quórum para adoptar acuerdos en la próxima Junta es de doble mayoría (de propietarios y de coeficientes) de los asistentes y representados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.7 de la Ley de Propiedad Horizontal. La asistencia a ella de ese propietario de alto coeficiente hace muy difícil cualquier acuerdo que no cuente con su apoyo, ya que obliga a que haya una diferencia de más del 43% entre los propietarios que se opongan a él y los que le apoyen, mientras que para hacer valer sus pretensiones sólo necesita que la mitad de los propietarios que asistan voten con él. Cualquier otro resultado supondría dos mayorías enfrentadas: la de coeficientes y la de propietarios, y no se produciría acuerdo válido.

Resumiendo: un funcionamiento estable de la comunidad requiere contar con este propietario de alto coeficiente, sin el que poco se va a poder hacer, y cualquiera de las  propuestas de éste tiene que contar con el consenso de la mitad o más de los propietarios restantes.

Manual de Contabilidad para administradores de fincas.
MEMBRESÍA

CLUB DE PRESIDENTES

La primera comunidad exclusiva para presidentes de comunidades de propietarios autogestionadas 

DESCUBRE EL CLUB DE PRESIDENTES

¿Tienes dudas o problemas relacionados con tu comunidad de propietarios? Entonces, suscríbete.

Recibe en tu email contenidos sobre gestión, organización y administración de comunidades de propietarios.

Solución a las dudas, situaciones o desacuerdos más frecuentes. Con conocimiento pleno de toda la normativa legal que afecta a las comunidades, un lenguaje sencillo y ejemplos reales del día a día de una comunidad. 

Y además, un regalo.

Suscríbete y comienza a gestionar tu comunidad sin problemas. 

Responsable: Cibercomunidades, S.L.
Finalidad: Enviar contenido exclusivo para suscriptores, información sobre publicaciones en la web, prestación de servicios y gestión de la relación comercial si la hubiere.
Legitimación: Consentimiento del interesado.
Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal.
Derechos: Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.
Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en este link 

INFOGRAFÍA 100 % GRATUITA

Resuelve todas tus dudas para llegar a acuerdos en las juntas de propietarios.

Suscríbete y comienza a gestionar tu comunidad sin problemas.

Responsable: Cibercomunidades, S.L.
Finalidad: Enviar contenido exclusivo para suscriptores, información sobre publicaciones en la web, prestación de servicios y gestión de la relación comercial si la hubiere.
Legitimación: Consentimiento del interesado.
Destinatarios: No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal.
Derechos: Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional.
Información adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en este link