Artículo 5 – Título constitutivo

Ley de Propiedad Horizontal vigente y actualizada

El título constitutivo de la propiedad por pisos o locales describirá, además del inmueble en su conjunto, cada uno de aquéllos al que se asignará número correlativo. La descripción del inmueble habrá de expresar las circunstancias exigidas en la legislación hipotecaria, y los servicios e instalaciones con que cuente el mismo. La de cada piso o local expresará su extensión, linderos, planta en la que se hallare y los anejos, tales como garaje, buhardilla o sótano.

En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.

El título podrá contener, además, reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un estatuto privativo que no perjudicará a terceros si no ha sido inscrito en el Registro de la Propiedad.

En cualquier modificación del título, y a salvo lo que se dispone sobre validez de acuerdos, se observarán los mismos requisitos que para la constitución.

EXPERTO INVITADO

Miguel Fernández Gallego desarrolla el concepto de Título constitutivo que, junto con el artículo 396 del Código Civil, constituye la base sobre la que se fundamenta la Ley de Propiedad Horizontal. Nos cuenta lo que debe incluir (cuotas de participación y contenidos opcionales), las posibilidades de modificación y su aplicación práctica.

En este vídeo se desarrolla el artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Se explica qué es el Título constitutivo y los detalles que incluye; las  cuotas de participación (quién las establece y en base a qué criterios); los posibles contenidos opcionales del Título; el procedimiento para su modificación, y algunos ejemplos de la utilidad de su consulta en el día a día de las comunidades de propietarios.

Pertenece a una colección, promovida por el web de las comunidades, con la colaboración del Colegio de Administradores de Madrid. En ella participan Administradores de Fincas Colegiados, como expertos en Propiedad Horizontal (#AFColegiadosExpertosLPH). Con su aportación contribuyen a la divulgación del contenido de la Ley de Propiedad Horizontal entre los comuneros.

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